Resumen Estatuto

Colegio de Fisioterapia y Kinesiología

Fundado el 16 de Noviembre de 2002

 

 

 

 

RESUMEN DEL COLEGIO DEPARTAMENTAL DE FISIOTERAPIA Y KINESIOLOGIA

El 04 de noviembre de 2002 se procedió con al CONVOCATORIA A ASAMBLEA DE CONSTITUCIÓN con un único punto a tratar: “Organización y Fundación del Colegio de Fisioterapia y Kinesiología”

El día sábado 16 de Noviembre de 2002 años a Hrs. 19:00 se procede a redactar el ACTA DE ASAMBLEA GENERAL DE CONSTITUCIÓN con la presencia de los ciudadanos fundadores: MAURICIO CABRERA PONCE, JUAN CARLOS RIVERO CALLEJAS, JOSE ALBERTO POLO ROJAS, RAUL SALINAS RODRIGUEZ, ADELA ADRIANA ANGULO TORRICO y HUGO ANTONIO LARA FLORES, donde se determina proceder con la organización y FUNDACIÓN DEL COLEGIO DE FISIOTERAPIA Y KINESIOLOGIA, se consideró el fin y objetivos que debe perseguir el colegio para constituirse en respuesta a las aspiraciones de los profesionales aprobándose lo siguiente:

FIN DEL COLEGIO
 “Agrupar; capacitar; controlar; organizar y regularizar la actividad profesional y laboral de los Fisioterapeutas, Fisioterapeutas Kinesiólogos, Kinesiólogos y Terapeutas Físicos”.

Con el propósito de que se cumpla el fin del Colegio, se aprueban los siguientes objetivos:

OBJETIVOS GENERALES:
- Proteger el ejercicio Profesional de a los Fisioterapeutas, Fisioterapeutas Kinesiólogos, Kinesiólogos y Terapeutas Físicos;
- Fomentar las actividades científicas;
- Difundir nuevas técnicas de Prevención, Evaluación, Diagnóstico y Tratamiento;
- Elevar el nivel académico de los afiliados.

OBJETIVOS ESPECIFICOS:
- Redactar los estatutos del Colegio de Fisioterapia y Kinesiología;
- Fomentar la relación interinstitucional a través de convenios y concursos;
- Participar activamente de la asociación de profesionales;
- Obtener reconocimiento de organizaciones Nacionales e Internacionales.

Luego, se intercambiaron ideas sobre el nombre o razón social que tendría la asociación y se acordó por consenso con el denominativo de: “Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología (C. D. F. K.)”.

Acto seguido se procedió a elegir a los miembros de la mesa directiva, los mismos que quedaron conformados así:
Mgr. Mauricio Cabrera Ponce                          Presidente
Mgr. Juan Carlos Rivero Callejas                      Vicepresidente
Lic. Raúl Salinas Rodríguez                              Secretario de Hacienda
Lic. Adriana Angulo Torrico                             Secretaria de Actas
Lic. Hugo Lara Flores                                      Relaciones Públicas
Lic. José Alberto Polo Rojas                             Vocal

Se pasó a proceder a APROBAR por unanimidad los ESTATUTOS DEL COLEGIO DEPARTAMENTAL DE FISIOTERAPIA Y KINESIOLOGIA en sus Cinco Capítulos y Catorce Artículos.- De igual manera y con las explicaciones pertinentes, los COLEGIADOS procedieron a APROBAR el REGLAMENTO INTERNO en sus veinte y un Capítulos y ciento quince Artículos.- Finalmente, se determinó que la aprobación de estatuto y reglamento por la autoridad competente se prosiga junto al trámite de personalidad jurídica en la Prefectura del Departamento, previa protocolización de todos los documentos pertinentes.

DECLARACION DE PRINCIPIOS

 

El Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología representa a los Fisioterapeutas, Fisioterapeutas Kinesiólogos, Kinesiólogos y a los Terapistas Físicos del país en defensa de la salud colectiva, del ejercicio profesional de sus afiliados, de sus intereses científicos, sociales, éticos y económicos. En consecuencia, el Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología postula:
1. La salud no es una fuente de lucro. Postulamos una Rehabilitación Social y equitativa donde se refleje la capacidad científica y humana del Fisioterapeuta Kinesiólogo que tiene el derecho fundamental a una remuneración justa.
2. Todas las personas tienen derecho a la misma calidad de atención, con equidad, oportunidad, eficiencia, eficacia y calidez humana.
3. Luchamos por el acceso universal a los equipos Fisioterapéuticos de calidad.
4.- La posición del Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología, es vigilar el cumplimiento de los compromisos internacionales sobre la vigencia de los derechos humanos y el respeto a la constitución Política del Estado.

CONSTITUCION Y FINES

 

El colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología es una institución gremial, académica, científica y cultural, sin fines de lucro, independiente de todo sectarismo social, político, religioso, en concordancia con la Constitución Política del Estado y que agrupa, a todos los Fisioterapeutas, Fisioterapeutas Kinesiólogos, Kinesiólogos y Terapistas Físicos que ostentan el Título en Provisión Nacional. Igualmente, son miembros los profesionales extranjeros con título revalidado en el país, previo cumplimiento de disposiciones y reglamentos vigentes.

Los fines del Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología son:
1. Coadyuvar en la promoción y protección de la salud de pueblo Boliviano.
2. Proteger y defender los derechos económicos, sociales, gremiales, científicos y profesionales de los Fisioterapeutas, Fisioterapeutas Kinesiólogos, Kinesiólogos y Terapistas Físicos.
3. Velar por el prestigio y la dignidad de la profesión, imponiendo el cumplimiento de normas ético-profesionales.
4. Estimular el mejoramiento cultural del Fisioterapeuta – Kinesiólogo y el perfeccionamiento del ejercicio profesional.
5. Proteger y defender el patrimonio del Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología.
6. Estimular y fomentar la actividad científica y deportiva del Fisioterapeuta – Kinesiólogo.
Son atribuciones del Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología:
Políticas de Salud:
1. Asesorar, orientar y participar activamente en la planificación, ejecución y seguimiento de las políticas de salud, con el Ministerio de Salud y Previsión Social e instituciones legalmente reconocidas.
2. Participar estrechamente con las Universidades e instituciones calificadas (Sociedades Científicas) en la definición de políticas para el desarrollo de programas de educación y formación de recursos humanos para la salud, de acuerdo con la realidad y las necesidades del país.
3. Informar y orientar a la opinión pública sobre la función social del Fisioterapeuta – Kinesiólogo y los problemas de trascendencia social.
Actividades Científicas:
1. Participar con el Ministerio de Salud y Previsión Social o su equivalente o Universidades reconocidas por el Sistema Nacional de Universidades, en la planificación y seguimiento de las especialidades en formación del pre y post grado y en programas de Educación continua.
2. Promocionar, incentivar, participar y colaborar en las actividades científicas y de investigación, desarrollando mayores esfuerzos en la asistencia e investigación de la patología regional y/o nacional.
3. Fomentar y supervisar las actividades Científicas.
Actividad Gremial:
1. Procurar mejores condiciones profesionales, sociales y económicas a favor de todos los Fisioterapeutas – Kinesiólogos afiliados.
2. Crear y mantener organismos de cooperación y ayuda económica en beneficio de los colegas y sus familiares.
3. Asumir la representación de los colegiados en todo lo relacionado con el ejercicio legal de la profesión.
4. Representar a los Fisioterapeutas, Fisioterapeutas – Kinesiólogos, Kinesiólogos y Terapistas Físicos ante cualquier institución.
5. Velar por la unidad de los Fisioterapeutas, Fisioterapeutas – Kinesiólogos, Kinesiólogos y Terapistas Físicos afiliados.
7. Hacer cumplir las normas y disposiciones que rigen al Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología.
8. Ejercer el derecho de participación laboral en las instituciones de salud (Consejos Técnicos de Salud, Consejos Técnicos Administrativos, Etc.)
Actividad Deportiva:
1. Los juegos deportivos se realizarán cada dos años en sedes a determinar por la comisión respectiva.

DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS COLEGIADOS
Para el ejercicio de la profesión son requisitos indispensables: Título en Provisión Nacional  (otorgado por el Ministerio de Educación Cultura y Deportes), registro profesional institucional en el ministerio de Salud y Previsión Social y el Servicio Departamental de Salud  e inscripción en el Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología respectivo.

Son deberes de los colegiados:
1. Acatar y cumplir las disposiciones de los Estatutos y Reglamentos vigentes del Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología.
2. Acatar las resoluciones de los congresos, ampliados y otras disposiciones del Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología.
3. Concurrir a las asambleas Generales convocadas en el lugar establecido por sus organismos directivos respectivos.
4. Emitir su voto en las elecciones que convoque el Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología.
5. Aceptar y cumplir los cargos y comisiones que el Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología le confíe, salvo impedimento debidamente justificado.
6. Abonar puntualmente las cuotas ordinarias y extraordinarias autorizadas.
7. Cumplir y observar estrictamente las normas de ética profesional.
8. Denunciar el ejercicio ilegal de la profesión y la infracción de documentos normativos y disposiciones del Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología, sea por los colegiados y/o instituciones o los organismos directivos, ante las instancias correspondientes.
9. Otorgar la certificación en Fisioterapia y Kinesiología, obligatoriamente en papel valorado del Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología.

Son Derechos de los Colegiados:
1. Ejercer la profesión de Fisioterapia y Kinesiología en cualquier lugar del territorio nacional, respetando las disposiciones del Colegio.
2. Demandar y obtener la defensa de sus intereses profesionales a través de la normatividad jurídica del Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología y el derecho positivo.
3. Recibir los beneficios que otorga el Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología.
4. Demandar y obtener la defensa de sus intereses profesionales y gremiales, a través del Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología.
5. Emitir su voto en las elecciones convocadas por el Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología.
6. Concurrir con voz y voto a las asambleas generales del Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología.
7. Concurrir, previa solicitud escrita, a las sesiones ordinarias de Consejos, Congresos Ordinarios y Extraordinarios, salvo reuniones reservadas.
8. Recibir protección en el ejercicio profesional en instituciones públicas y privadas o en cualquier entidad donde trabajen los Fisioterapeutas, Fisioterapeutas – Kinesiólogos, Kinesiólogos y Terapistas Físicos.
9. Ser elegidos miembros de los organismos directivos del Colegio Departamental de Fisioterapia y Kinesiología y representarlos.
10. Recibir asesoramiento para preparar su currículum y orientación para participar en concursos de méritos y exámenes de competencia.